Se indemnizará mediante reembolso y hasta por el total de la suma asegurada contratada, en caso de un robo del equipaje de mano, incluyendo equipo electrónico y/o de cómputo, dispositivos electrónicos identificados como «gadgets», «wearables», «pocket» o de bolsillo
y sus accesorios como celulares, tabletas, laptops, videojuegos, entre otros dentro de su equipaje de mano.
Requisitos: Carta responsiva de la línea de autobús, acta ratificada presentada ante el MP.
Cobertura aplicable únicamente si el siniestro ocurre durante al viaje.
En caso de muerte accidental del pasajero durante el viaje, se cubrirá hasta el límite de la
suma asegurada:
Los trámites para el transporte o repatriación del cadáver, se cubrirán los gastos de traslado
hasta su inhumación.
La inhumación en el lugar de deceso o el traslado de cenizas al lugar de residencia
permanente del pasajero, a petición de los deudos.
Los gastos de traslado de los acompañantes del pasajero hasta su respectivo domicilio o al
lugar de inhumación, siempre y cuando dicho traslado no pueda efectuarse en el medio de
transporte previsto con motivo del viaje.
El pago de un boleto redondo en la misma clase en que viajo el titular para un familiar, en el
medio de transporte más conveniente, desde su lugar de residencia hasta el lugar de deceso,
solo en caso de que el pasajero fallecido hubiera viajado sin acompañante adulto y que las
autoridades locales competentes requieran de algún familiar o representante. Dentro de la
misma aseguradora establecida en el plan.
Requisitos: El pago se cubrirá mediante reembolso al pasajero con la presentación de copia
del acta de defunción y la(s) factura(s), comprobante(s) y/o recibos requeridos.
Cobertura aplicable únicamente si el siniestro ocurre durante al viaje.
En caso de que el pasajero sufra un accidente dentro de los 7 días siguientes a la ocurrencia
de este, o enfermedad grave o emergencia médica o cirugía de emergencia, o la aparición de
una enfermedad no preexistente al viaje y se tuviera que someter a tratamiento médico,
intervención quirúrgica, hospitalizarse o hacer uso de ambulancia, medicinas, estudios de
laboratorio y de gabinete hasta el Gasto Usual y Acostumbrado; se reembolsará el monto de
los gastos médicos cubiertos. Los gastos erogados por servicios médicos durante un viaje
pasajero se cubrirán preferentemente como pago directo al prestador de servicios en
convenio con la Compañía con excepción en caso de una emergencia.
Los gastos cubiertos consideran:
La póliza de seguro en ningún caso cubrirá los gastos originados por cualquiera de los supuestos que a continuación se mencionan:
En caso de que el pasajero requiera la asistencia para la atención de un padecimiento no urgente, se coordinará el envío de un médico general a domicilio de acuerdo con la disponibilidad en cada estado, hasta el número de eventos contratados en cada plan.
Eventos subsecuentes a costo preferencial.
El médico general realiza la auscultación general con fines de diagnóstico físico, esto sin realizar algún tipo de procedimiento que implique equipamiento quirúrgico como curación, inyección, sonda, cateterismo o suturar. Este servicio deberá ser coordinado desde un inicio
por SSIST. No aplican reembolsos.
El cliente referido podrá cancelar la cita con el médico general con anticipación a la cita coordinada. En el caso de que el cliente referido no cancele la cita o no acuda a la cita coordinada por SSIST, se considerará como un servicio prestado y se aplicará el número de
eventos a que tenga derecho.
NO TOME LA INFORMACIÓN DE LOS SERVICIOS COMO CONSEJOS MÉDICOS Y/O DE SALUD. NINGUNA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS SERVICIOS PRETENDE SER UN SUSTITUTO DE LA ATENCIÓN ADECUADA DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD, INCLUYENDO EL DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE CONDICIONES MÉDICAS. NO DEJE DE
BUSCAR AL PROFESIONAL MÉDICO, NI DESMIENTA ALGÚN CONSEJO RECIBIDO ANTERIORMENTE POR INFORMACIÓN OBTENIDA POR MEDIO DE LOS SERVICIOS. EN CASO DE QUE UN ACREDITADO UTILICE LA INFORMACIÓN DE ALGÚN SERVICIO, LO HACE EXPRESAMENTE BAJO SU PROPIO RIESGO Y RESPONSABILIDAD.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
Se le brindará asesoría telefónica a través de un médico general cuando el acreditado requiera orientación médica por un padecimiento no urgente (embarazo, COVID, planificación familiar y anticonceptivos, alcoholismo y farmacodependencia, así como del
uso de medicamentos prescritos por un médico tratante, efectos secundarios de medicamentos, y dosis recomendadas).
El servicio no cubre ningún gasto médico generado. Con el fin de respetar las buenas prácticas de la medicina, el médico de cabina en ningún caso y por ningún motivo recetará medicamentos ni podrá dar diagnostico alguno. No aplica reembolso.
El personal que atiende esta asistencia son únicamente médicos titulados con cédula profesional, con experiencia en atención médica de primer contacto, normas éticas en medicina y con experiencia en identificación de situaciones que requieren otro nivel de atención.
Este servicio estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año. La llamada tendrá una duración máxima de treinta minutos, transcurrido dicho término se cortará la comunicación sin responsabilidad para SSIST.
NO TOME LA INFORMACIÓN DE LOS SERVICIOS COMO CONSEJOS MÉDICOS Y/O DE SALUD. NINGUNA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS SERVICIOS PRETENDE SER UN SUSTITUTO DE LA ATENCIÓN ADECUADA DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD, INCLUYENDO EL DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE CONDICIONES MÉDICAS. NO DEJE DE
BUSCAR AL PROFESIONAL MÉDICO, NI DESMIENTA ALGÚN CONSEJO RECIBIDO ANTERIORMENTE POR INFORMACIÓN OBTENIDA POR MEDIO DE LOS SERVICIOS. EN CASO DE QUE UN ACREDITADO UTILICE LA INFORMACIÓN DE ALGÚN SERVICIO, LO HACE EXPRESAMENTE BAJO SU PROPIO RIESGO Y RESPONSABILIDAD.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia.
El acreditado tendrá acceso a la red de proveedores médicos en convenio con SSIST quienes le otorgarán descuentos en farmacias, clínicas, laboratorios y hospitales, que van desde un 5% (cinco por ciento) hasta un 30% (treinta por ciento). Servicio disponible las 24 horas del día los 365 días del año, sin límite de eventos.
El servicio deberá ser coordinado desde un inicio por SSIST para hacer válido el beneficio. No aplica reembolso.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia.
En caso de enfermedad o emergencia médica, el acreditado podrá tener contacto inmediato, mediante video conferencia con médicos generales, de manera personalizada virtualmente, quienes ayudarán a tomar las medidas necesarias para estabilizar al acreditado y ayudarlo con su malestar. El servicio deberá ser coordinado desde un inicio por
SSIST para hacer válido el beneficio. El servicio no cubre ningún gasto médico generado. En ningún caso, el médico podrá dar un diagnóstico o recetar medicamentos. No aplica reembolso.
El personal que atiende esta asistencia son únicamente médicos titulados con cédula profesional, con experiencia en atención médica de primer contacto, normas éticas en medicina y con experiencia en identificación de situaciones que requieren otro nivel de atención.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
En caso de que el acreditado o algún familiar directo sufra un accidente o enfermedad, y/o requiera ser trasladado a un centro hospitalario por emergencia, se coordinará el envío de
una ambulancia básica terrestre para ser trasladado al nosocomio más cercano de su elección.
En caso de que el cliente solicite una ambulancia especial (traslado, COVID, especializada) se cotizará y se brindará el costo al Acreditado. Servicio disponible las 24 horas del día los
365 días del año. El servicio deberá ser coordinado desde un inicio por SSIST para hacer válido el beneficio se entenderá por emergencia: Situación que pone en peligro la vida, la viabilidad de alguno de los órganos o la integridad corporal del beneficiario, para la cual
requiere una atención médica inmediata.
El servicio de ambulancia por emergencia consistirá en una unidad móvil de urgencias básicas, contará con un conductor y un técnico en urgencias médicas a bordo y equipamiento necesario que marca la NOM34.
El personal técnico en urgencias médicas, del nivel básico, contará con conocimientos de reanimación cardiopulmonar básica, anatomía y fisiología elemental, levantamientos, movilizaciones, inmovilización y empaquetamiento del paciente, manejo básico de la vía aérea, evaluación y exploración, identificación y manejo de problemas de trauma
(hemorragias, estado de choque, tejidos blandos, sistema muscular y esquelético, cabeza y columna vertebral), farmacología elemental, identificación y manejo de problemas médico clínicos (urgencias respiratorias, cardiovasculares, diabéticas, alérgicas, ambientales, obstétricas, conductuales y envenenamientos), vías de administración de medicamentos
bajo supervisión médica (subcutánea, oral, inhalación), operación general de ambulancias, sistemas de comunicación, manejo inicial de incidentes con materiales peligrosos, técnicas básicas de rescate, selección y clasificación de los beneficiarios, e interacción con aeronaves.
De la unidad: La Ambulancia de urgencias básicas, será la unidad móvil, terrestre, destinada al servicio de pacientes que requieren atención médica prehospitalaria, mediante soporte básico de vida.
SSIST, no será responsable de cualquier complicación que se pueda presentar con el traslado médico, ni de resultado alguno, sin embargo, SSIST, coadyuvará con el beneficiario, a fin de reclamar la responsabilidad del tercero que deba asumir la responsabilidad.
Se considera únicamente un traslado al hospital más cercano, en caso de que no exista disponibilidad y el beneficiario tenga que ser trasladado a otro hospital, se considerará como un segundo evento y el costo adicional será cubierto por el beneficiario.
En caso de que el servicio de ambulancia tenga que esperar a que el paciente sea ingresado o esté en esperando a que se le dé de alta para el egreso del hospital, o por cualquier circunstancia ajena al proveedor del servicio, el beneficiario tendrá que pagar directamente
al proveedor la hora adicional por cada hora de espera, costo que se le comunicará en el momento a el beneficiario.
En caso de que el beneficiario cuente con sobrepeso y por tanto requiera para su traslado de una ambulancia de dimensiones mayores a las comunes deberá pagar directamente al proveedor de los servicios de ambulancia, el cargo adicional generado por este requerimiento especial.
El servicio de asistencia de ambulancia no aplica para casos por la enfermedad pandémica por COVID-19, fiebre del mono o cualquier otra enfermedad pandémica, la cual se cotizará por aparte al beneficiario y tendrá que ser cubierta de conformidad con la cotización que se realice en el momento.
SSIST, no es responsable de los servicios proporcionados por los proveedores, ni de las funciones realizadas por estos, siendo el proveedor de servicio el responsable directo, en caso de cualquier queja, reclamación o demanda, siendo que el servicio que presta SSIST es únicamente de coordinación y gestión de envío de los proveedores, por lo que SSIST,
coadyuvará en todo momento al acreditado para la solución ante el proveedor.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
En caso de deceso, se ampara al acreditado, por causas naturales o derivado de un accidente, en las agencias de inhumaciones o agencias integrantes de la red de asistencia funeraria de SSIST la cual comprende los siguientes servicios:
En caso de que el pasajero viaje sin compañía y fuese hospitalizado por más de cinco días continuos, a consecuencia de algún padecimiento o enfermedad no excluida en estas condiciones generales, la Compañía reembolsará el costo de un boleto terrestre en clase
económica de ida y vuelta, hasta el límite máximo de responsabilidad contratado.
Es indispensable que el pasajero si su salud lo permite, o algún familiar o representante de él, de aviso de esta situación sin rebasar del plazo de 7 días.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
SSIST le proporcionará referencia e información telefónica, acerca de: agencias de viajes, clima, exhibiciones, tipos de cambio, centros comerciales, exhibiciones, hoteles, restaurantes, museos, galerías, Información de consulados en el extranjero, reservaciones, espectáculos,
carteleras, teatros, conciertos, vida nocturna, Orientación en la reposición de pasaporte en caso de robo o pérdida, entre otros. Atención telefónica las 24 horas, los 365 días del año. Ilimitado.
Acceso ilimitado a nuestra red de descuentos en renta de automóviles, agencias de viajes, hoteles, y muchos otros servicios más. Servicio disponible las 24 horas del día los 365 días del año. Sin límite de eventos.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
En caso de que el acreditado requiera de los servicios de un abogado, SSIST brindará asesoría telefónica con abogados titulados especialistas en las diferentes ramas del Derecho, las 24
horas del día, los 365 días del año.
El personal que atiende esta asistencia son únicamente abogados titulados con cédula profesional, con experiencia en su ramo, y con experiencia en identificación de situaciones
que requieren otro nivel de atención y actúan de forma independiente a SSIST.
SSIST, no proporciona opiniones legales, consejos jurídicos y/o de otra índole. El abogado únicamente se limitará a brindar una orientación legal en el momento, y ningún contacto con SSIST puede ser usado para hacer preguntas legales y/o jurídicas. Además, SSIST, no
actúa como asesor legal, y/o abogado, por lo que no es responsable de la información transmitida entre el beneficiario o proveedor.
NO TOME LA INFORMACIÓN DE LOS SERVICIOS COMO CONSEJOS LEGALES Y/O JURÍDICOS. NINGUNA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS SERVICIOS PRETENDE SER UN SUSTITUTO DE LA ATENCIÓN ADECUADA DE LOS PROFESIONALES, INCLUYENDO EL ESTUDIO
U OPINIÓN, REVISIONES DE EXPEDIENTES DE POSIBLES INICIOS DE INDAGATORIAS PENALES Y/O CIVILES, O ADMINISTRATIVAS. NO DEJE DE BUSCAR UN CONSEJO PROFESIONAL, NI DESMIENTA ALGÚN CONSEJO RECIBIDO ANTERIORMENTE POR INFORMACIÓN OBTENIDA
POR MEDIO DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA. EN CASO DE QUE EL ACREDITADO UTILICE LA INFORMACIÓN DE ALGÚN SERVICIO DE ASISTENCIA, LO HACE EXPRESAMENTE BAJO SU PROPIO RIESGO Y RESPONSABILIDAD.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
Este servicio estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año. La llamada o video
conferencia tendrá una duración máxima de treinta minutos.
La video-consulta puede realizarse desde cualquier dispositivo móvil (celular, Tablet) o PC que cuente con una cámara frontal y conexión de datos (preferentemente Wi-Fi) por medio
la plataforma digital que opera SSIST.
El acreditado deberá de comunicarse a la línea de atención y en caso de requerir video consulta médica, se le hará llegar a su correo o a su celular una liga de la plataforma que
opera SSIST con los datos para acceder a la video consulta.