Fallecimiento a consecuencia de un accidente sufrido por el pasajero durante el viaje y dentro
de los noventa (90) días naturales siguientes a la fecha de este, en cuyo caso la compañía
pagará el importe de la suma asegurada contratada a los beneficiarios designados.
De la suma asegurada anterior, se deducirá cualquier cantidad pagada con anterioridad al
pasajero por prestaciones amparadas por la cobertura de Pérdidas Orgánicas de esta póliza,
cuando dichas pérdidas hayan sido por el mismo accidente que provocó la muerte.
Edad mínima de aceptación para este beneficio: 12 años.
Beneficiarios: El cónyuge e hijos del pasajero y en ausencia de los anteriores, a sus padres; a
falta de los anteriores, a la sucesión legal del pasajero.
Requisitos: Acta de defunción, denuncia ante las autoridades, identificación oficial del
pasajero y sus beneficiarios.
La suma asegurada máxima que se pagará por la ocurrencia de más de un fallecimiento en un
solo evento, al amparo de esta póliza será de $500,000. M.N. amparando el número de vidas
que ello implique, en caso de exceder el monto citado por un solo evento, la suma asegurada
se distribuirá en proporción entre los afectados.
Cobertura aplicable únicamente si el siniestro ocurre durante al viaje.
En caso de que el pasajero sufra cualquiera de las pérdidas orgánicas estipuladas en la tabla
de indemnizaciones contratada, a consecuencia de un accidente cubierto y dentro de los 90
días siguientes a la ocurrencia de este, se indemnizará con base en el porcentaje de suma
asegurada indicado en la tabla de indemnizaciones.
Requisitos: Acta de hechos, identificación oficial del pasajero e informe médico más los
estudios practicados
Cobertura aplicable únicamente si el siniestro ocurre durante al viaje.
En caso de que el pasajero sufra una invalidez total y permanente a consecuencia de un
accidente cubierto, cuyo estado se dictamine dentro de los noventa (90) días naturales
siguientes a la fecha de este, la compañía pagará al pasajero el importe de la suma asegurada
contratada.
Los límites de edad que aplican son: mínimo 15 años y máximo 64 años 11 meses
Requisitos: Identificación oficial del pasajero, dictamen de invalidez total y permanente
emitido por una Institución de Seguridad Social o médico especialista en medicina del trabajo
con cédula profesional, certificados y especialistas en la materia, así como todos los
exámenes, análisis y documentos que sirvieron de base para determinar su invalidez total y
permanente, mismo que será evaluado por un médico especialista en la materia certificado
por el Consejo de la Especialidad de Medicina del Trabajo
Cobertura aplicable únicamente si el siniestro ocurre durante al viaje.
Condiciones:
En caso de que se sufra robo total, pérdida definitiva o daño del equipaje registrado durante
el traslado cubierto, se coordinará el pago al pasajero de la suma asegurada establecida en la
póliza
Condiciones:
Requisitos: Contra-ticket de la maleta de viaje cuando va en el maletero del autobús y carta
responsiva de la línea de autobús.
Cobertura aplicable únicamente si el siniestro ocurre durante al viaje.
Exclusiones:
La Compañía en ningún caso será responsable por pérdidas y/o daños a los bienes materiales
del seguro por:
Se indemnizará mediante reembolso y hasta por el total de la suma asegurada contratada, en
caso de un robo del equipaje de mano, incluyendo equipo electrónico y/o de cómputo,
dispositivos electrónicos identificados como «gadgets», «wearables», «pocket» o de bolsillo
y sus accesorios como celulares, tabletas, laptops, videojuegos, entre otros dentro de su
equipaje de mano.
Requisitos: Carta responsiva de la línea de autobús, acta ratificada presentada ante el MP.
Cobertura aplicable únicamente si el siniestro ocurre durante al viaje.
Exclusiones
En caso de muerte accidental del pasajero durante el viaje, se cubrirá hasta el límite de la
suma asegurada:
Los trámites para el transporte o repatriación del cadáver, se cubrirán los gastos de traslado
hasta su inhumación.
La inhumación en el lugar de deceso o el traslado de cenizas al lugar de residencia
permanente del pasajero, a petición de los deudos.
Los gastos de traslado de los acompañantes del pasajero hasta su respectivo domicilio o al
lugar de inhumación, siempre y cuando dicho traslado no pueda efectuarse en el medio de
transporte previsto con motivo del viaje.
El pago de un boleto redondo en la misma clase en que viajo el titular para un familiar, en el
medio de transporte más conveniente, desde su lugar de residencia hasta el lugar de deceso,
solo en caso de que el pasajero fallecido hubiera viajado sin acompañante adulto y que las
autoridades locales competentes requieran de algún familiar o representante. Dentro de la
misma aseguradora establecida en el plan.
Requisitos: El pago se cubrirá mediante reembolso al pasajero con la presentación de copia
del acta de defunción y la(s) factura(s), comprobante(s) y/o recibos requeridos.
Cobertura aplicable únicamente si el siniestro ocurre durante al viaje.
En caso de que el pasajero sufra un accidente dentro de los 7 días siguientes a la contratación,
o enfermedad grave o emergencia médica o cirugía de emergencia, o la aparición de una
enfermedad no preexistente al viaje y se tuviera que someter a tratamiento médico,
intervención quirúrgica, hospitalizarse o hacer uso de ambulancia, medicinas, estudios de
laboratorio y de gabinete hasta el Gasto Usual y Acostumbrado; se reembolsará el monto de
los gastos médicos cubiertos. Los gastos erogados por servicios médicos durante el viaje del
pasajero se cubrirán preferentemente como pago directo al prestador de servicios en
convenio con la Compañía con excepción; en caso de una emergencia.
Los gastos cubiertos consideran:
Exclusiones:
La póliza de seguro en ningún caso cubrirá los gastos originados por cualquiera de los supuestos que a continuación se mencionan:
Ampara los gastos por los que resulte civilmente responsable el pasajero ante un tercero a
consecuencia de hechos realizados sin dolo, ya sea por culpa en el cuidado, vigilancia o por
agresividad de la mascota asegurada, siempre y cuando los hechos hayan ocurrido durante el
periodo cubierto.
Requisitos: Carta reclamación emitida por el tercero afectado, carta reclamación del pasajero,
ambas debidamente cuantificadas e indicando la fecha del suceso y en caso de haberse
presentado la denuncia ante las autoridades.
Cobertura aplicable únicamente si el siniestro ocurre durante al viaje.
Exclusiones:
Opera desde la compra del pasaje hasta el momento de inicio del viaje para el ticket
comprado y cubre:
Cancelación de viaje, antes de iniciarlo
Gastos no reembolsables por concepto de cualquier transporte, tour, excursión y/u
hospedaje pagado que no hubieren sido utilizados y que sean irrecuperables
Cancelaciones realizadas por el pasajero antes de la fecha de inicio del viaje.
Requisitos:
Facturas o comprobantes de pago total por el viaje
Comprobantes de indemnización por parte de la empresa transportista comercial y/o
agencia de viaje o similares
Documento comprobante que acredite la cancelación del viaje
Identificación del pasajero o del acompañante de viaje, en su caso
Informe del pasajero de lo sucedido y cualquier información necesaria relacionada con los
hechos ocurridos, con base en los términos del artículo 69 de la Ley Sobre el Contrato de
Seguro.
Sujeto a los siguientes motivos que impidan al pasajero realizar el viaje:
Exclusiones:
Coordinación de consulta médica con un médico general; el médico designado por SSIST
acudirá al domicilio del acreditado a efecto de realizar la consulta médica. Este servicio
estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año.
El médico general realiza la auscultación general con fines de diagnóstico físico, esto sin
realizar algún tipo de procedimiento que implique equipamiento quirúrgico como curación,
inyección, sonda, cateterismo o suturar. Este servicio deberá ser coordinado desde un inicio
por SSIST. No aplican reembolsos.
El cliente referido podrá cancelar la cita con el médico general con un mínimo de 48 horas
de anticipación a la cita coordinada. En el caso de que el cliente referido no cancele la cita
dentro de dicho periodo o no acuda a la cita coordinada por SSIST, se considerará como un
servicio prestado y se aplicará el número de eventos a que tenga derecho.
NO TOME LA INFORMACIÓN DE LOS SERVICIOS COMO CONSEJOS MÉDICOS Y/O DE SALUD.
NINGUNA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS SERVICIOS PRETENDE SER UN
SUSTITUTO DE LA ATENCIÓN ADECUADA DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD,
INCLUYENDO EL DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE CONDICIONES MÉDICAS. NO DEJE DE
BUSCAR AL PROFESIONAL MÉDICO, NI DESMIENTA ALGÚN CONSEJO RECIBIDO
ANTERIORMENTE POR INFORMACIÓN OBTENIDA POR MEDIO DE LOS SERVICIOS. EN CASO
DE QUE UN ACREDITADO UTILICE LA INFORMACIÓN DE ALGÚN SERVICIO, LO HACE
EXPRESAMENTE BAJO SU PROPIO RIESGO Y RESPONSABILIDAD.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
En caso de que el acreditado o algún familiar directo sufra un accidente o enfermedad, y/o
requiera ser trasladado a un centro hospitalario por emergencia, se coordinará el envío de
una ambulancia básica terrestre para ser trasladado al nosocomio más cercano de su
elección.
En caso de que el cliente solicite una ambulancia especial (traslado, COVID, especializada)
se cotizará y se brindará el costo al Acreditado. Servicio disponible las 24 horas del día los
365 días del año. El servicio deberá ser coordinado desde un inicio por SSIST para hacer
válido el beneficio se entenderá por emergencia: Situación que pone en peligro la vida, la
viabilidad de alguno de los órganos o la integridad corporal del beneficiario, para la cual
requiere una atención médica inmediata.
El servicio de ambulancia por emergencia consistirá en una unidad móvil de urgencias
básicas, contará con un conductor y un técnico en urgencias médicas a bordo y
equipamiento necesario que marca la NOM34.
El personal técnico en urgencias médicas, del nivel básico, contará con conocimientos de
reanimación cardiopulmonar básica, anatomía y fisiología elemental, levantamientos,
movilizaciones, inmovilización y empaquetamiento del paciente, manejo básico de la vía
aérea, evaluación y exploración, identificación y manejo de problemas de trauma
(hemorragias, estado de choque, tejidos blandos, sistema muscular y esquelético, cabeza y
columna vertebral), farmacología elemental, identificación y manejo de problemas médico
clínicos (urgencias respiratorias, cardiovasculares, diabéticas, alérgicas, ambientales,
obstétricas, conductuales y envenenamientos), vías de administración de medicamentos
bajo supervisión médica (subcutánea, oral, inhalación), operación general de ambulancias,
sistemas de comunicación, manejo inicial de incidentes con materiales peligrosos, técnicas
básicas de rescate, selección y clasificación de los beneficiarios, e interacción con aeronaves.
De la unidad: La Ambulancia de urgencias básicas, será la unidad móvil, terrestre, destinada
al servicio de pacientes que requieren atención médica prehospitalaria, mediante soporte
básico de vida.
SSIST, no será responsable de cualquier complicación que se pueda presentar con el traslado
médico, ni de resultado alguno, sin embargo, SSIST, coadyuvará con el beneficiario, a fin de
reclamar la responsabilidad del tercero que deba asumir la responsabilidad.
Se considera únicamente un traslado al hospital más cercano, en caso de que no exista
disponibilidad y el beneficiario tenga que ser trasladado a otro hospital, se considerará como
un segundo evento y el costo adicional será cubierto por el beneficiario
En caso de que el servicio de ambulancia tenga que esperar a que el paciente sea ingresado
o esté en esperando a que se le dé de alta para el egreso del hospital, o por cualquier
circunstancia ajena al proveedor del servicio, el beneficiario tendrá que pagar directamente
al proveedor la hora adicional por cada hora de espera, costo que se le comunicará en el
momento a el beneficiario.
En caso de que el beneficiario cuente con sobrepeso y por tanto requiera para su traslado
de una ambulancia de dimensiones mayores a las comunes deberá pagar directamente al
proveedor de los servicios de ambulancia, el cargo adicional generado por este
requerimiento especial.
El servicio de asistencia de ambulancia no aplica para casos por la enfermedad pandémica
por COVID-19, fiebre del mono o cualquier otra enfermedad pandémica, la cual se cotizará
por aparte al beneficiario y tendrá que ser cubierta de conformidad con la cotización que se
realice en el momento.
SSIST, no es responsable de los servicios proporcionados por los proveedores, ni de las
funciones realizadas por estos, siendo el proveedor de servicio el responsable directo, en
caso de cualquier queja, reclamación o demanda, siendo que el servicio que presta SSIST es
únicamente de coordinación y gestión de envío de los proveedores, por lo que SSIST,
coadyuvará en todo momento al acreditado para la solución ante el proveedor.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
A continuación, se expresan de forma enunciativa más no limitativa, algunos ejemplos: bosques, selvas, caminos, desiertos, montañas, mares, lagos, presas, ríos, playas, etc., sitios alejados de carreteras y poblaciones, así como barrancos, cuevas, laderas, picos y cimas de cerros, montañas, sierras, plataformas petroleras, barcos, yates y demás Accidentes del terreno o lugar. La falta de la autorización expresa para el traslado del Acreditado, en servicios programados por parte del Médico tratante, que certifique su estabilidad clínica.
En caso de que el usuario sufra un accidente que requiera la intervención inmediata de un
médico odontólogo, SSIST coordinará y brindará apoyo económico por hasta $2,500 al
usuario para cubrir los gastos derivados de dicho evento. El excedente de tal servicio deberá
ser cubierto por el usuario; eventos subsecuentes, se brindarán con precio preferencial.
Atención telefónica las 24 horas del día, los 365 días de año.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
Se le brindará asesoría telefónica a través de un médico general cuando el acreditado y/o
familiar directo requiera orientación médica por un padecimiento no urgente (embarazo,
COVID, planificación familiar y anticonceptivos, alcoholismo y farmacodependencia, así
como del uso de medicamentos prescritos por un médico tratante, efectos secundarios de
medicamentos, y dosis recomendadas).
Asimismo, se elaborará el expediente clínico del acreditado. Servicio disponible las 24 horas
del día, los 365 días del año, sin límite de eventos. El servicio deberá ser coordinado desde
un inicio por SSIST para hacer válido el beneficio.
El servicio no cubre ningún gasto médico generado. Con el fin de respetar las buenas
prácticas de la medicina, el médico de cabina en ningún caso y por ningún motivo recetará
medicamentos ni podrá dar diagnostico alguno. No aplica reembolso.
El personal que atiende esta asistencia son únicamente médicos titulados con cédula
profesional, con experiencia en atención médica de primer contacto, normas éticas en
medicina y con experiencia en identificación de situaciones que requieren otro nivel de
atención.
Este servicio estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año.
La llamada tendrá
una duración máxima de treinta minutos, transcurrido dicho término se cortará la
comunicación sin responsabilidad para SSIST.
NO TOME LA INFORMACIÓN DE LOS SERVICIOS COMO CONSEJOS MÉDICOS Y/O DE SALUD.
NINGUNA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS SERVICIOS PRETENDE SER UN
SUSTITUTO DE LA ATENCIÓN ADECUADA DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD,
INCLUYENDO EL DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE CONDICIONES MÉDICAS. NO DEJE DE
BUSCAR AL PROFESIONAL MÉDICO, NI DESMIENTA ALGÚN CONSEJO RECIBIDO
ANTERIORMENTE POR INFORMACIÓN OBTENIDA POR MEDIO DE LOS SERVICIOS. EN CASO
DE QUE UN ACREDITADO UTILICE LA INFORMACIÓN DE ALGÚN SERVICIO, LO HACE
EXPRESAMENTE BAJO SU PROPIO RIESGO Y RESPONSABILIDAD.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
El acreditado tendrá acceso a la red de proveedores médicos en convenio con SSIST quienes
le otorgarán descuentos en farmacias, clínicas, laboratorios y hospitales, que van desde un
5% (cinco por ciento) hasta un 30% (treinta por ciento). Servicio disponible las 24 horas del
día los 365 días del año, sin límite de eventos.
El servicio deberá ser coordinado desde un inicio por SSIST para hacer válido el beneficio. No
aplica reembolso.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
En caso de enfermedad o emergencia médica, el acreditado podrá tener contacto
inmediato, mediante video conferencia con médicos generales, de manera personalizada
virtualmente, quienes ayudarán a tomar las medidas necesarias para estabilizar al
acreditado y ayudarlo con su malestar. El servicio deberá ser coordinado desde un inicio por
SSIST para hacer válido el beneficio. El servicio no cubre ningún gasto médico generado. En
ningún caso, el médico podrá dar un diagnóstico o recetar medicamentos. No aplica
reembolso.
El personal que atiende esta asistencia son únicamente médicos titulados con cédula
profesional, con experiencia en atención médica de primer contacto, normas éticas en
medicina y con experiencia en identificación de situaciones que requieren otro nivel de
atención.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
En caso de que el pasajero viaje sin compañía y fuese hospitalizado por más de cinco días
continuos, a consecuencia de algún padecimiento o enfermedad no excluida en estas
condiciones generales, la Compañía reembolsará el costo de un boleto terrestre en clase
económica de ida y vuelta, hasta el límite máximo de responsabilidad contratado.
Es indispensable que el pasajero si su salud lo permite, o algún familiar o representante de él,
de aviso de esta situación sin rebasar del plazo de 7 días.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
SSIST gestionará y cubrirá los gastos necesarios para la prolongación de la estancia en un
hotel, inmediatamente después de haber sido dado de alta del hospital, si esta
prolongación ha sido prescrita por el médico local y el equipo de SSIST. SSIST gestionará y
cubrirá los costos hasta el límite máximo de Hasta $2,500 M.N. y/o hasta 7
días. Atención telefónica las 24 horas, los 365 días del año.
Importante: Se entiende como los gastos de hotel, exclusivamente al hospedaje simple, sin
considerar gastos de supermercado, tiendas de conveniencia, alimentos solicitados a través
de alguna aplicación o plataforma digital, bebidas alcohólicas, lavandería, llamadas
telefónicas, transportes, acceso a Internet, gastos personales, entre otros. (La anterior
enunciación es enunciativa, más no limitativa).
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
SSIST le proporcionará referencia e información telefónica, acerca de: agencias de viajes,
clima, exhibiciones, tipos de cambio, centros comerciales, exhibiciones, hoteles, restaurantes,
museos, galerías, Información de consulados en el extranjero, reservaciones, espectáculos,
carteleras, teatros, conciertos, vida nocturna, Orientación en la reposición de pasaporte en
caso de robo o pérdida, entre otros. Atención telefónica las 24 horas, los 365 días del año.
Ilimitado.
Acceso ilimitado a nuestra red de descuentos en renta de automóviles, agencias de viajes,
hoteles, y muchos otros servicios más. Servicio disponible las 24 horas del día los 365 días del
año. Sin límite de eventos.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
En caso de que el acreditado requiera de los servicios de un abogado, SSIST brindará asesoría
telefónica con abogados titulados especialistas en las diferentes ramas del Derecho, las 24
horas del día, los 365 días del año.
El personal que atiende esta asistencia son únicamente abogados titulados con cédula
profesional, con experiencia en su ramo, y con experiencia en identificación de situaciones
que requieren otro nivel de atención y actúan de forma independiente a SSIST.
SSIST, no proporciona opiniones legales, consejos jurídicos y/o de otra índole. El abogado
únicamente se limitará a brindar una orientación legal en el momento, y ningún contacto
con SSIST puede ser usado para hacer preguntas legales y/o jurídicas. Además, SSIST, no
actúa como asesor legal, y/o abogado, por lo que no es responsable de la información
transmitida entre el beneficiario o proveedor.
NO TOME LA INFORMACIÓN DE LOS SERVICIOS COMO CONSEJOS LEGALES Y/O JURÍDICOS.
NINGUNA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS SERVICIOS PRETENDE SER UN
SUSTITUTO DE LA ATENCIÓN ADECUADA DE LOS PROFESIONALES, INCLUYENDO EL ESTUDIO
U OPINIÓN, REVISIONES DE EXPEDIENTES DE POSIBLES INICIOS DE INDAGATORIAS PENALES
Y/O CIVILES, O ADMINISTRATIVAS. NO DEJE DE BUSCAR UN CONSEJO PROFESIONAL, NI
DESMIENTA ALGÚN CONSEJO RECIBIDO ANTERIORMENTE POR INFORMACIÓN OBTENIDA
POR MEDIO DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA. EN CASO DE QUE EL ACREDITADO UTILICE LA
INFORMACIÓN DE ALGÚN SERVICIO DE ASISTENCIA, LO HACE EXPRESAMENTE BAJO SU
PROPIO RIESGO Y RESPONSABILIDAD.
Cobertura: 24 horas antes de iniciar el viaje, siempre y cuando no se encuentre en su lugar
de residencia, durante el trayecto y 6 días posteriores hasta llegar al lugar de residencia
Este servicio estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año. La llamada o video
conferencia tendrá una duración máxima de treinta minutos.
La video-consulta puede realizarse desde cualquier dispositivo móvil (celular, Tablet) o PC
que cuente con una cámara frontal y conexión de datos (preferentemente Wi-Fi) por medio
la plataforma digital que opera SSIST.
El acreditado deberá de comunicarse a la línea de atención y en caso de requerir video
consulta médica, se le hará llegar a su correo o a su celular una liga de la plataforma que
opera SSIST con los datos para acceder a la video consulta.
Se brindará a petición del usuario asistencia telefónica de médicos veterinarios de forma
ilimitada, para asesorar en diferentes casos, tales como:
Los clientes podrán llevar consigo mascotas en la cabina de pasajeros: solo se permitirán
perros y gatos cumpliendo los siguientes requisitos: